Foto: DHM NEWS / Logo – Profeco / 24 Morelos.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) dió a conocer que para el 2020 se aumentarán entre un 2.6 y 2.9 por ciento, con respecto al monto establecido para este 2019, las multas a empresas o proveedores de bienes y servicios que incurran en violaciones en contra de la ley. Debido a la constante incurrencia en delitos en contra del consumidor, la 4T aumentará montos de multas para empresas que incumplan la ley para el próximo 2020.
Esto significa que ahora las empresas que no ofrezcan un producto o servicio digno para el consumidor podrían recibir multas desde los 280.98 pesos, que es la mínima multa que podrían recibir; hasta los 9 millones 441 mil 105.57 pesos mexicanos.
Aquellos establecimientos que tengan determinados productos que atenten contra la vida, salud, seguridad o economía de los consumidores, serán acreedores de esta mínima multa de 280.98 pesos, además que deberán de retirar dichos productos.
En cambio, la multa de 9 millones 441 mil 105.57 pesos mexicanos se encuentra en el Artículo 133 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), que dicta que «Cuando por un mismo hecho u omisión se cometan varias infracciones» se impondrá esta multa y que «En ningún caso será sancionado el mismo hecho constitutivo de la infracción en dos o más ocasiones (…) excepto en el caso de reincidencia o cuando se afecten derechos de la infancia, adultos mayores, personas con discapacidad e indígenas”.
En total, la Profeco presenta 11 multas de diferentes montos, los cuales están detallados en los artículos 25, 126, 127, 128, 128 bis y 133 de la Ley Federal de Protección al Consumidor; 5 de estos tienen montos mínimos y máximos.
Además, la Procuraduría Federal del Consumidor aumentó la cifra límite con respecto al monto por el cual pueden hacerse quejas o reclamaciones; toda persona física o moral podrá presentar reclamos sobre la adquisición de un producto que no cumpla con los estándares o la contratación de algún servicio siempre y cuando este «no exceda los 561 mil 970.57 pesos”, una diferencia de 16 mil 232.95 pesos mexicanos del límite propuesto para 2019.
Con información de:La Jornada.