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SCJN le aplica la nueva Ley de Amparo a Grupo Elektra y le da un golpe a Salinas Pliego

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Foto: Especial

A solamente 3 días de la entrada en vigor de la Nueva Ley de Amparo, la SCJN le aplicó un revés al Grupo Elektra de Salinas Pliego, pues determinó que ministros y magistrados no pueden ser apartados de un juicio por asuntos “accesorios”, como recusaciones o trámites que no inciden en el fondo del caso.

La resolución tuvo 7 votos a favor y 1 en contra en acato a la reforma a dicha ley, que en su artículo 59, fracción II, ordena desechar toda recusación cuando existan elementos suficientes para acreditar que su presentación busca “entorpecer o dilatar el procedimiento en cuestión”. Esto impactará todos los casos en que se interpongan recursos con ese fin, incluidos los litigios fiscales de Grupo Elektra, en los que ya se han rechazado impedimentos bajo ese argumento.

Es importante decir que ministros como Irving Espinosa y Sara Irene Herrerías opinaron que no existía contradicción, la mayoría consideró que sí. El ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, afirmó que el fondo ya fue resuelto por la nueva ley.

Este caso sienta un precedente importante, mostrando que las empresas ya no pueden detener automáticamente sanciones alegando daños económicos propios, especialmente cuando está de por medio el interés social.

Con información de La jornada

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