Foto: Twitter oficial INE México / Twitter oficial Lorenzo Córdova – Captura / Logo – INE – PAN / AMLO.
Por medio de un comunicado de prensa publicado el día de ayer, martes 23 de junio, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedente las denuncias y peticiones solicitadas por los partidos Acción Nacional (PAN) y Revolución Democrática (PRD), quienes exigieron que se sancionara al presidente Andrés Manuel López Obrador por, según panistas y peredistas, el «uso electoral» de la mañanera al dar a conocer al Bloque Opositor Amplio (BOA).
«Esta Comisión considera que no se surten los requisitos [previstos en la jurisprudencia 14/2015, de rubro MEDIDAS CAUTELARES SU TUTELA PREVENTIVA] relativos a que dicha conducta continuará o se repetirá en el tiempo porque, en este momento, no se cuenta con constancia o prueba en ese sentido, de ahí que no resulte procedente otorgar una medida cautelar, en la vertiente de tutela preventiva», señaló comunicado del Instituto Nacional Electoral.
Estas medidas cautelares y denuncias pedidas por los partidos opositores del PAN y el PRD, además de la diputada federal María Marcela Torres Peimbert, fueron hechas en contra del mandatario mexicano López Obrador y el Coordinador General de Comunicación Social de la Presidencia, Jesús Ramírez; en esta denuncia se les acusó de haber usado de manera indebida los recursos públicos con la puesta de «material electoral» al difundir al supuesto Bloque Opositor Amplio, usando ello como una manera de promover el partido del presidente AMLO.
Cabe resaltar que si bien en un inicio se había dado cierta procedencia de este proyecto aprobado, de manera preliminar por parte de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral, debido a que se consideró que las denuncias exhibieron hechos ilícitos «por constituir propaganda gubernamental con contenido prohibido y proveniente de una fuente desconocida y aparentemente carente de autenticidad y validez, lo que pudiera afectar la equidad en la contienda y las preferencias ciudadanas».
Sin embargo, se declaró improcedente las denuncias realizadas debido a que no se encontró pruebas, en el sentido de la denuncia y, por lo tanto, no había motivo para imponer alguna medida cautelar.
Aun con ello, el Instituto Nacional Electoral dio una advertencia tanto al líder del ejecutivo como al Coordinador General de Comunicación Social de la Presidencia, que debido a la cercanía de procesos electorales en el país señaló que si «continúan o se repiten en lo futuro entonces esta Comisión estará en condiciones de dictar las medidas preventivas que correspondan, incluso oficiosamente», ello para mantener la vigencia de «los principios constitucionales».
«La Comisión de Quejas y Denuncias emitió un pronunciamiento que tiene como destinatarios a los servidores públicos de todos los ámbitos y niveles de gobierno, especialmente y de manera destacada al Presidente de la República y al Vocero de esa dependencia pública (por ser los sujetos denunciados en este asunto), a fin de que, en todo tiempo, ajusten sus actos y conductas a los límites y parámetros constitucionales», finalizó el comunicado del INE.
Con información de: Central Electoral – INE.